EL TRIBUNAL SUPREMO RECHAZA QUE LOS BANCOS RENEGOCIEN LAS CLÁUSULAS NULAS

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EL TRIBUNAL SUPREMO RECHAZA QUE LOS BANCOS RENEGOCIEN LAS CLÁUSULAS NULAS

El pasado 16 de octubre de 2017 el Tribunal Supremo se volvió a pronunciar sobre las Cláusulas suelo, en concreto sobre aquellos pactos novatorios que ofrecían una rebaja de la cláusula suelo y que posteriormente las entidades bancarias querían hacerse valer de los mismos como un instrumento de subsanación de la nulidad predicable de la cláusula suelo objeto del primer contrato de préstamo.

Esta hipótesis acerca de la posible convalidación de la cláusula suelo, que obstaculizaba las reclamaciones de los consumidores, y que podían ver limitadas sus opciones a la hora de solicitar la devolución de los intereses pagados de más a la entidad financiera, ya no tiene ninguna validez como argumento en la mayoría de los supuestos.

El Tribunal Supremo ha venido a establecer que en aquellos casos en los que se firmó dicho pacto novatorio no se tenía la intención de subsanar el defecto de la cláusula suelo, o convalidar la misma, sino que la intención primordial era reducir el pago mensual de su préstamo:

En el caso enjuiciado, la protesta por la inclusión de una cláusula de la que no se advirtió a los prestatarios, pese a su trascendencia, y la petición de que al menos se les reduzca el suelo al fijado en otros contratos de la misma promoción, incluso si se trata de un vicio subsanable (que no lo es), no podría considerarse en ningún caso como una convalidación o confirmación del contrato, en el sentido de crear, definir, fijar, modificar, extinguir o esclarecer sin ninguna duda dicha situación confirmatoria.

Se trata solamente de una solicitud dirigida a reducir en lo posible las consecuencias negativas que la cláusula cuestionada tenía para los prestatarios, que no les impide posteriormente solicitar la declaración de nulidad absoluta de tal cláusula y la restitución de lo que el banco ha percibido indebidamente por su aplicación.”

De tal forma que actualmente está claro que aquellos pactos no suponen una renuncia o una convalidación de aquellas Cláusulas suelo que sean nulas por ser abusivas.

http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/8711811/10/17/El-Tribunal-Supremo-rechaza-que-los-bancos-renegocien-las-clausulas-nulas.html