IRPF por baja de maternidad
Desde el pasado día 3 de octubre de 2018, el Tribunal Supremo ratificó la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid por la cual se declaraban exentas de tributar en el IRPF las prestaciones por maternidad. A partir de esta sentencia, la Seguridad Social dejará de retener el IRPF en esas prestaciones. Por tanto, ya es posible reclamar el IRPF por baja de maternidad y en cualquier otra ciudad de España.